jueves, 7 de febrero de 2013

ANSES Pensión por fallecimiento


Buenos Aires, 7 de febrero de 2013
Pensión por fallecimiento de un trabajador en actividad
La ANSES informa que esta prestación se otorga a los derechohabientes en el caso de fallecimiento de un trabajador en actividad. Dicho afiliado debe cumplir con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
En caso de realizar el trámite durante el primer año de ocurrido el fallecimiento, se le reconocerá el retroactivo correspondiente desde el día posterior al deceso del beneficiario. De otra forma, podrá iniciar el trámite pero se le reconocerá el retroactivo por el año anterior a la fecha de iniciación de la prestación.
Si los interesados cumplen con esos requisitos y cuentan con la documentación requerida, debe ingresar en www.anses.gob.ar, sección Trámites en Línea y solicitar un turno, o comunicarse al teléfono gratuito 130 de 8 a 14, opción 5.

Asimismo, la ANSES informa que hoy, 7 de febrero, cobran los jubilados y pensionados cuyo haber mensual no supera la suma de $2133 y sus documentos terminan en 1, y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuyos documentos finalizan en 2. El calendario de pagos de todas las prestaciones que abona la ANSES puede consultarse en www.anses.gob.ar, sección Temas más consultados. 

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