miércoles, 12 de junio de 2013

Provinciales / Oficializado el tema de números de bancas en el Concejo

Fuente Infocielo
 
 
Según la población

Scioli amplió la convocatoria a elecciones con la adecuación de los Concejos Deliberantes

El gobierno bonaerense publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 370 que establece la ampliación de la convocatoria a elecciones con el que se pone fin una larga serie de controversias en el ambiente político.

El gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto ampliatorio de la convocatoria a elecciones primarias y generales con la renovación de los Concejos Deliberantes según el aumento poblacional determinado por el Censo 2010.
En efecto, el decreto 370 –firmado por Daniel Scioli y el jefe de gabinete Alberto Pérez– amplía el decreto 115/13 de acuerdo a la reciente ley 14.515, que promueve la renovación automática de la cantidad de bancas de ediles en los distritos en función de la cantidad de habitantes.
La publicación del decreto ampliatorio viene a poner fin a una larga serie de controversias en el ambiente político originada cuando el gobierno bonaerense optó por no convocar a los nuevos cargos de concejales ante datos erróneos en la población de ciertos partidos.
Como se recordará, la Legislatura bonaerense había sancionado a fines de 2011 la ley 14.344 que impulsaba el aumento en la cantidad de bancas de concejales, sin embargo el gobernador observó parte de la norma y no tuvo corrección hasta este año en el ámbito legislativo.
En medio del conflicto, el Frente Renovador realizó una presentación judicial que llegó a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires para que el gobernador incluyera la adecuación de los concejos en la convocatoria elecciones, hecho que ocurrió en los últimos días.
El decreto actualiza el número de bancas de los Concejos Deliberantes de
Ayacucho, Balcarce, Baradero, Berisso, Bragado, Campana, Cañuelas, Chascomús, Colón, Coronel Brandsen, Del Pilar, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Florencio Varela, General Alvarado, General Alvear, General Las Heras, General Paz, General Rodríguez, General Villegas, José C. Paz, Junín, Laprida, Lincoln, Lobos, Luján, Maipú, Mar Chiquita, Marcos Paz, Monte, Monte Hermoso, Moreno, Necochea, La Costa, Patagones, Pinamar, Presidente Perón, Ramallo, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Vicente, Suipacha, Trenque Lauquen, Villa Gesell, Villarino y Zárate.
La ley 14.515 establece que los partidos con hasta 5000 pobladores elegirán 6 concejales; 10 ediles los distritos de más de cinco mil y hasta 10 mil; 12 las comunas que posean hasta 20.000 vecinos; 14, las que tengan hasta 30 mil habitantes; 16, las que sumen hasta 40 mil; y 18, los que cuenten hasta 80.000 personas.
Mientras, el proyecto fija en 20 la cantidad de concejales para aquellos los partidos que tengan hasta 200 mil habitantes, situación en la que figuran, entre otros, distritos como Hurlingham, Ituzaingó, Berisso, Ezeiza y San Fernando.
Entretanto, elegirán 24 miembros de los Concejos Deliberantes aquellos partidos como La Matanza, La Plata, Lanús, Lomas de Zamora, Avellaneda, Bahía Blanca, Florencio Varela, Merlo, Moreno, Quilmes, San Isidro, Tigre, en donde viven más de 200 mil habitantes

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